Capítulo 18: Autoinspección y auditorias de calidad
Autoinspección
De las generalidades:
El laboratorio fabricante debe realizar autoinspecciones y auditorias periódicas.
Del procedimiento y programa de autoinspección:
Se debe definir un procedimiento y un programa de autoinspección para verificar el cumplimiento de las BPM y emitir un informe que incluya las evaluaciones
Del seguimiento:
Todas las recomendaciones, referentes a medidas correctivas, deben ponerse en práctica
De la frecuencia:
La autoinspección debe efectuarse en forma regular por lo menos una vez al año
Del personal que ejecuta la autoinspección:
El personal asignado para realizar la autoinspección debe ser un grupo de expertos en sus respectivos campos y tener conocimiento de las BPM con el fin de evaluar de forma objetiva todos los sistemas
De la guía para realizar autoinspección:
Para realizar autoinspecciones se podrá utilizar la guía de BPM para la industria farmacéutica, armonizando por los países centroamericanos
Auditorias
Generalidades:
Como complemento de las autoinspecciones se deben realizar auditorías de calidad, las cuales deben extenderse a los proveedores y contratistas locales y a los externos cuando las leyes de cada país permiten
Del personal que ejecuta la auditoria:
La auditoria de la calidad puede ser realizada por expertos independientes al laboratorio fabricante o bien por un equipo designado por la administración del laboratorio
Del procedimiento:
Se debe definir un procedimiento para la realización de auditorias para detectar cualquier deficiencia en la garantía de calidad y emitir un informe que incluya los resultados y conclusiones
De las auditorias o inspección del autoridad reguladora:
Todo laboratorio fabricante queda sujeto a auditorias o inspecciones periódicas por parte de la autoridad reguladora


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